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La Administración de Parques Nacionales habilitó de manera excepcional y experimental la realización de eventos de baja escala en el Parque Nacional Iguazú, con cupos reducidos, sin afectar la visita pública y bajo normas ambientales obligatorias.

El Gobierno nacional autorizó la realización de “microeventos” en el Área Cataratas del Parque Nacional Iguazú, en carácter excepcional y por el plazo de un año. La medida fue dispuesta a pedido de la Intendencia del área protegida y quedó formalizada mediante la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La habilitación tiene carácter experimental y establece condiciones estrictas para preservar el entorno natural. Los microeventos podrán realizarse únicamente dentro del área de uso público, en el horario habitual de funcionamiento del Parque, sin interrumpir ni restringir el acceso de los visitantes que no participen de las actividades.

Según lo dispuesto, cada evento tendrá un cupo máximo de 60 personas y se permitirá la realización de hasta dos microeventos por día. La resolución aclara que la autorización no implica modificaciones permanentes en el área ni la generación de impactos ambientales relevantes, de acuerdo con lo expuesto en la presentación formal realizada por la Intendencia del Parque Nacional Iguazú.

En los considerandos del decreto se remarca que la medida responde a necesidades operativas del Parque y a la baja complejidad de las actividades alcanzadas, por lo que se estableció un período de vigencia anual, tras el cual se evaluarán los resultados antes de definir una eventual continuidad.

La normativa incluye un anexo con Medidas de Manejo Ambiental (MMA) de cumplimiento obligatorio para quienes soliciten autorización. Entre las principales exigencias se encuentran límites claros de carga y uso del espacio, la prohibición de restringir la circulación general de turistas y la utilización exclusiva de áreas de uso público intensivo previamente autorizadas.

En cuanto a infraestructura y tecnología, queda prohibida cualquier forma de amplificación sonora, tanto eléctrica como a batería, así como el uso de drones, salvo autorizaciones extraordinarias por motivos de seguridad o registro institucional. Solo se permitirán elementos desmontables, portátiles y de bajo impacto ambiental, quedando expresamente vedadas las estructuras fijas, ancladas al suelo o los cierres totales de sectores del Parque.

La gestión ambiental será bajo modalidad de “cero impacto”. Los organizadores deberán retirar la totalidad de los residuos generados y asumir la responsabilidad exclusiva por su correcta disposición. Además, se prohíbe el uso de plásticos descartables o de un solo uso, y se establecen pautas estrictas para la manipulación de alimentos, a fin de evitar el contacto con la fauna silvestre.

Otro punto central es la implementación obligatoria del Protocolo de Participación Responsable, que deberá ser comunicado a todos los asistentes al inicio de cada actividad. Este protocolo incluye normas básicas de conducta, contenidos institucionales vinculados a los valores de conservación y referencias a las principales amenazas que enfrenta el Parque Nacional Iguazú.

La resolución también otorga a la Intendencia del Parque la potestad de suspender o cancelar cualquier microevento en caso de incumplimiento de las medidas ambientales, o por razones de seguridad y conservación. De este modo, la autorización busca compatibilizar actividades puntuales con la preservación de uno de los patrimonios naturales más emblemáticos del país.