Home Posts tagged boletin oficial

El Gobierno de Misiones promulgó la ley impulsada por el Partido Agrario y Social y sancionada por la Legislatura que establece un nuevo régimen de transparencia para los recursos del Fondo Especial del Tabaco (FET), con la obligación de hacer público el recorrido del dinero desde el momento en que ingresa a las cuentas provinciales hasta su posterior asignación o transferencia.

La medida quedó formalmente vigente con la publicación de la Ley VIII - Nº123 y del Decreto Nº1711 en el Boletín Oficial de este jueves 3 de septiembre. La norma había sido sancionada por la Cámara de Representantes el 20 de agosto y fue promulgada por el gobernador Hugo Passalacqua el 1 de septiembre.

La legislación incorpora una serie de artículos a la Ley VIII - Nº44 y crea específicamente el Portal de Transparencia del Fondo Especial del Tabaco, que será un sitio web oficial, público y gratuito.

El objetivo es garantizar la publicidad y trazabilidad de los recursos que ingresan a Misiones correspondientes al 80% de la recaudación distribuible entre las provincias productoras, en el marco de las leyes nacionales 19.800 y 25.465. La obligación comprende información sobre la percepción, administración, asignación, distribución y aplicación de esos fondos.

Un plazo de 72 horas para informar cada ingreso

Uno de los puntos centrales de la nueva legislación que impulsó el diputado Héctor Cacho Bárbaro es que no deja librado a la administración provincial el momento en que debe hacer pública la llegada del dinero.

La autoridad de aplicación tendrá un máximo de 72 horas hábiles desde que los recursos sean acreditados en la cuenta provincial correspondiente para publicar tres datos concretos: el monto recibido, la fecha de acreditación y el concepto y período al cual corresponden esos fondos.

De esta manera, el portal permitirá conocer cuándo efectivamente llegan a Misiones los recursos del FET y cuál es el monto de cada transferencia.

Pero la obligación de transparencia no termina con el ingreso del dinero. La ley exige también publicar los actos administrativos que posteriormente dispongan o instrumenten su asignación, transferencia o aplicación.

En cada caso deberán consignarse, como mínimo, el acto administrativo y el expediente que lo respalda cuando corresponda; la persona, organismo o entidad que recibe los recursos; el monto asignado; el destino específico del dinero y el programa, plan, proyecto o concepto bajo el cual se realiza la operación.

Así, el sistema busca permitir el seguimiento de dos momentos diferentes: primero, cuánto dinero del Fondo Especial del Tabaco llega efectivamente a Misiones y cuándo; después, cómo y a quién se distribuyen esos recursos.

Información abierta y disponible durante diez años

La ley establece además que toda la información deberá presentarse en un formato abierto, de fácil acceso y comprensión. Cualquier persona podrá consultarla, descargarla y reutilizarla sin necesidad de registrarse ni expresar una causa para acceder a los datos.

La información tampoco podrá desaparecer del portal una vez realizada la transferencia. La Provincia estará obligada a conservarla disponible durante un plazo mínimo de diez años, con el propósito de construir una serie histórica de las transferencias y asignaciones efectuadas con recursos del FET.

La autoridad de aplicación será el Ministerio del Agro y la Producción, que quedó facultado para dictar las normas complementarias necesarias para poner en funcionamiento el nuevo mecanismo. A su vez, el Poder Ejecutivo podrá efectuar adecuaciones o reestructuraciones presupuestarias para implementar lo dispuesto por la ley.

La promulgación incorpora así una herramienta de seguimiento público sobre recursos de particular importancia para la economía tabacalera misionera. Una vez implementado el portal, productores, asociaciones y cualquier ciudadano podrán contrastar en un mismo sistema cuándo ingresó el dinero del FET a la Provincia, cuánto ingresó, qué destino se le dio y quién terminó recibiéndolo.